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Condonación de deuda para Cataluña (y otras CC.AA.) Parte I: punto de partida

Luis Miguel Jiménez Gómez Luis Miguel Jiménez Gómez
13 de enero de 2024
Condonación de deuda para Cataluña (y otras CC.AA.) Parte I: punto de partida

Si tuviéramos que resaltar los conceptos que mejor pueden identificarse con aquellos que han servido para tejer la malla de apoyos para la conformación de un nuevo gobierno de coalición de izquierdas, a partir de las elecciones legislativas del 23-J, todas y todos estaríamos de acuerdo en que serían fundamentalmente dos, amnistía y condonación de deuda para Cataluña. La primera tiene su propio recorrido, de la segunda trata esta columna y otras que la seguirán.

Una vez fracasado el intento de investidura del líder del PP, con apoyo de la ultraderecha de VOX y testimonial de UPN y de CC, y desde que se dieron los primeros pasos que hicieran posible el nuevo gobierno mediante el diálogo con el resto de fuerzas políticas con representación parlamentaria, alcanzaron notable interés las propuestas explicitadas por los denominados grupos independentistas catalanes entre las que adquirieron especial notoriedad las mencionadas de la amnistía y de la condonación de deuda. En relación con la segunda y desde su planteamiento inicial ya fueron esgrimidos los conocidos eslóganes de la derecha opositora: “dar a Andalucía menos que a Cataluña, que gestiona peor, es una tomadura de pelo”, “Andalucía se ahorrara menos que Cataluña con la condonación de deuda”, o “los andaluces no son ciudadanos de segunda”, y la más reciente de que “la quita de deuda es un tocomocho porque Cataluña tiene cinco veces más que Andalucía”. Todos ellos con el claro objetivo de justificar de nuevo su continua deslegitimación del gobierno de coalición en ciernes y de los acuerdos que servirían para su investidura, que podemos sintetizar en aquel de “España se rompe”.

Pero ¿qué hay de realidad en esos eslóganes? De eso trata esta columna y las que seguirán, de analizar la realidad de dicha condonación cuando esta se negocie y se acuerde, en definitiva, se produzca, y que la persona lectora pueda tener argumentos que oponer a quienes desde el primer minuto ya profirieron y divulgaron tales falacias. Y es que, hasta ahora, solo podemos relatar los planteamientos iniciales que -a esta fecha- están encima de la mesa: primero los acuerdos firmados por el PSOE con ERC y Junts, a continuación, los datos de deuda por CCAA que periódicamente publica el Ministerio de Hacienda y el Banco de España y, finalmente, los resultados de la última cumbre del Consejo de Política Fiscal y Financiera del mes de diciembre pasado.

En relación con los acuerdos firmados por el PSOE con ERC y Junts la realidad es la siguiente: se contiene en el de ERC que “se procederá a tramitar una modificación legal de alcance general para todas las Comunidades Autónomas de régimen común que permita la asunción por parte del Estado de parte de la deuda autonómica con este (…) Esta operación supondrá la asunción del entorno del 20% de la deuda viva en el momento de ejecución de este acuerdo, contraída por la Generalitat de Catalunya con la Administración General del Estado en los mecanismos de liquidez estatales, y supondrá unos 15.000 millones de euros de la deuda de Cataluña, y supondrá un ahorro de en torno a 1.300 millones de euros en intereses”, y en el de Junts se refiere aquellas “medidas que permitan la autonomía financiera y el acceso al mercado de Catalunya”.

De ello se desprende la primera nota a tener en cuenta, la medida busca mejorar las condiciones de todas las CCAA para el acceso a los mercados financieros y que la posible condonación no es solo para Cataluña.  

A continuación, repasamos los datos de endeudamiento por CCAA, y nos referiremos a los que periódicamente publica el Banco de España, responsable de las estadísticas de deuda pública según el protocolo de déficit excesivo (PDE) del Reglamento (CE) 479/2009 del Consejo. A esta fecha están publicados los datos correspondientes al tercer trimestre de 2023, pues los correspondientes al cuarto no lo estarán hasta que las respectivas cuentas generales de las CCAA no hayan sido rendidas con el cierre del ejercicio 2023, allá por el mes de marzo próximo.

El conjunto de las diecisiete CCAA tenían acumulada una deuda en 2022 de 317.090 millones de euros (M€), lo que representaba un 23,55% del PIB nacional. A fecha de III trimestre 2023, la deuda ascendía a 319.924 M€, de los que un 59,21% es de deuda con el Estado correspondiente al Fondo de Financiación de las CCAA, lo que representaba 189.426 M€. 

Respecto de la deuda total acumulada, la más endeudada es Cataluña con 84.549 M€, seguida de la C. Valenciana con 55.235, y a continuación Andalucía y Madrid con 37.485 y 36.630 respectivamente. Cataluña, que es la más endeudada, tiene algo más del doble de deuda total que Andalucía. Andalucía está algo más endeudada que Madrid.

Esta deuda total por cada CCAA representa en términos de su PIB lo siguiente: Cataluña un 31%, la C. Valenciana un 41,20%, Andalucía un 19,60% y Madrid un 13,00%. 

Ahora en términos de cada deuda total per cápita: las dos comunidades más endeudadas, casi a la par, son Cataluña con 10.890 euros por persona, seguida de la C. Valenciana con 10.867, y a continuación en el segmento de las que tienen una menor ratio estaría Andalucía con 4.421.  

Por último, veamos a continuación cuánto de dicha deuda total se ha formalizado en deuda con el Estado a través del Fondo de Financiación de las CCAA: Cataluña tiene 71.308 M€ lo que representa un 84,34% de su deuda total, la C. Valenciana tiene 47.594 con un 86,17% y Andalucía 24.702 que significa un 65,90%.

En definitiva, Cataluña es una comunidad más endeudada que Andalucía, algo más de doble, pero lejos de las magnitudes que se están diciendo.

Aplicando aquel entorno del 20% de la deuda viva que recoge el acuerdo con ERC a los 71.908 de Cataluña resultan ser los aproximadamente 15.000 tan públicamente divulgados. Pero el mecanismo por el que se venga a condonar su deuda, a Cataluña y al resto de las CCAA, y el alcance que para cada una tenga aún no está escrito porque será necesaria una iniciativa legislativa que así lo disponga, previos los acuerdos que correspondan, y aún no se ha iniciado ese camino. Aunque se iniciará pronto aún no hay ningún dato objetivo del que se pueda inferir un trato privilegiado para Cataluña, ni que Andalucía sea de segunda clase.

Efectivamente, en la reunión del pasado 11 de diciembre del Consejo de Política Fiscal y Financiera no se incluía entre los asuntos a tratar el de la condonación de deuda, limitándose a abordar los objetivos de déficit y deuda para las CCAA en 2024, que sirven de referencia para la elaboración de los Presupuestos para 2024. Ahora bien, se trasladó que la Administración del Estado asumirá parte de su deuda, se tenga o no concertada a través del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), por lo que es previsible que en este mes de enero comencemos a tener más detalles de la metodología propuesta y el alcance que para una de ellas tenga.

De la información, acuerdos y magnitudes que puedan resultar daremos cumplida cuenta.

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